Michael Aim
Fundador y CEO
Tras un aplazamiento de un año concedido para dar tiempo a los operadores a prepararse, el calendario ya está fijado: el reglamento europeo sobre productos «libres de deforestación» (EUDR) se aplica el 30 de diciembre de 2026 a las grandes y medianas empresas, y el 30 de junio de 2027 a las pequeñas y microempresas. Quedan solo unos meses.
El alcance es amplio: ganado, cacao, café, aceite de palma, caucho, soja, madera, y los productos derivados de ellos. Para poder comercializarse en el mercado europeo, o exportarse desde él, cada uno deberá demostrarse libre de vínculo con la deforestación posterior al 31 de diciembre de 2020, y producido respetando la legislación del país de origen.
Y ese alcance acaba de cambiar: el 13 de julio de 2026, la Comisión adoptó un acto delegado que revisa el anexo I del reglamento. Quedan fuera, entre otros, los cueros y pieles bovinos, las semillas de soja para siembra y una parte de los artículos de caucho (los neumáticos recauchutados se reducen únicamente a las bandas de rodadura); entran el café soluble y ciertos derivados del aceite de palma. El texto sigue sujeto al plazo de objeción del Parlamento y del Consejo, pero la lección es inmediata: a cinco meses del plazo límite, la lista se afina producto por producto, y cada operador debe revisar qué parte de su flujo sigue afectada.
Una obligación que recorre toda la cadena
La mecánica del reglamento hace recaer la diligencia debida sobre los operadores europeos, pero en la práctica recorre toda la cadena: el importador exigirá a su proveedor la información «suficientemente concluyente y verificable», geolocalización de las parcelas incluida, que este a su vez debe generar. Un productor que no pueda aportarla quedará fuera de las cadenas de suministro, sea cual sea su precio.
Este es el punto ciego de muchas cadenas de suministro: el cumplimiento del EUDR no es un documento que se entrega una vez, es una capacidad que hay que mantener, centro por centro, cosecha tras cosecha. Y esa capacidad tiene todos los rasgos de una madurez: se mide, avanza, se demuestra.
La mecánica de la diligencia debida
El reglamento impone a los operadores una diligencia en tres fases: recopilar la información, hasta la geolocalización de las parcelas de producción y las pruebas de legalidad local; evaluar el riesgo de incumplimiento; y mitigarlo cuando no sea insignificante. Cada operación de comercialización va acompañada de una declaración de diligencia debida presentada en el registro europeo, que puede oponerse en caso de inspección.
Un sistema de clasificación de países, en riesgo bajo, estándar o alto, modula la intensidad de las verificaciones. Pero esa clasificación no exime de nada: desplaza el foco de los controles, no la carga de la prueba. Y las autoridades nacionales controlarán con potestades sancionadoras reales.
Cadenas de suministro: un problema de datos tanto como de agronomía
Para una cadena de suministro, la dificultad no es conceptual sino logística: miles de parcelas, cooperativas, intermediarios, campañas que se suceden. La información debe recopilarse en origen, estructurarse, mantenerse actualizada y vincularse a cada lote exportado. Una hoja de cálculo por cosecha no sobrevivirá a este régimen.
Por eso las cadenas de suministro que saldrán adelante serán las que traten el EUDR como un proceso permanente y medido, centro por centro y proveedor por proveedor, en lugar de como un expediente que se prepara una sola vez. El cumplimiento puntual no existe cuando la cosecha vuelve a empezar cada año.
Medir la preparación antes de que lo haga el comprador
Para un grupo agroalimentario o una cooperativa, la pregunta útil no es entonces «¿cumplimos?» sino «¿en qué punto está cada centro y qué le falta?». Un marco de referencia de preparación para el EUDR, aplicado a cada entidad mediante autoevaluación, ofrece esa lectura: quién está listo, quién se acerca, dónde concentrar los meses que quedan.
Esta es la lógica de nuestro catálogo, cuyos 68 marcos de referencia agroalimentarios europeos cubren precisamente estas exigencias de trazabilidad, sostenibilidad y cumplimiento normativo. El plazo se conoce, el alcance se va precisando: lo que queda por establecer es su posición exacta respecto a esa línea.